Como he comentado más de una vez, las convocatorias suelen ser bastante chapuzas, y los criterios de corrección de dudosa legalidad.
Aquí hablé de los de Navarra…y aquí del caso Canario…que a ver cómo acaba….
Recuerdo que hace un año….escribí sobre la EBAU en CyL…analizando cómo era impugnable el examen.
Al final no impugné el examen, porque valoré que el daño que uno puede causar con la medida es mayor que los beneficios de la medida.
Algo parecido pasa con las convocatorias de las oposiciones, exámenes prácticos y los criterios de calificación que están saliendo, así como los requisitos de presentación física..ya comenté aquí que son todos impugnables tanto desde el RD de acceso a la docencia como desde octubre de 2016 con la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común
¿Pero qué pasa cuando alguien se calienta y recurre estos aspectos de las convocatorias?… pues que eso sí que puede paralizar el proceso…como ha pasado en Navarra con la oposición de inspectores y puede pasar ahora con la de secundaria.
¿Por qué no sucede esto más?
- Por desconocimiento/incompetencia. Estamos rodeados de supuestos expertos (sindicatos, administración…) …que al final no saben de nada…ni leen lo que publican…cambian las leyes…les envían un powerpoint…y no revisan realmente el proceso. Y después actúan más según sus propios intereses que pensando en los sufridos opositores o en la calidad del proceso.
- Por responsabilidad. A pesar de la chapuza de la administración en el proceso, los tribunales suelen ser justos y responsables, y si ponen un examen duro de oposición grupo A, y se corrige con rigor, suelen tener más posibilidades de sacar la plaza, los más preparados. Y esto equilibra el proceso.
Cómo defender tu didáctica en las oposiciones de secundaria