El caos de la organización de las oposiciones…

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No voy a extenderme sobre los muchos detalles que ya he comentado en este blog en los últimos años…pero este año parece que seguimos en la misma tónica o peor… los profesores  que están saliendo elegidos en los tribunales de las distintas CCAA (quemados de todo el curso…con un final de curso cada vez más estresante, burocratizado  y desorganizado)…se están encontrando un panorama desolador de caos e improvisación por parte de la administración educativa de su CCAA.

En Canarias ya he comentado hace una semana la que se avecinaba por la peculiariedad del proceso..y esto está pasando:

«es un panorama que no puede ser más desolador: caos absoluto durante la inscripción, más de mil personas excluidas, normativa sumamente confusa y plagada de errores, notas aclaratorias que generan más confusión que la norma que se pretendía aclarar, falta de información acerca de todo el procedimiento, fallos en los listados de admitidos y excluidos, errores en los nombramientos de tribunales con docentes que aparecen como seleccionables para tribunales de dos islas distintas, se saltan el acuerdo estatal de presentación simultánea facilitando el efecto llamada, no atienden la petición del STEC-IC de escalonar al máximo las pruebas, sobre todo en especialidades que habitualmente suelen ser compartidas por el mismo profesorado, calendario de exámenes desastroso obligando a algunas personas a pasar por hasta nueve horas de examen el mismo día y un lago etcétera.»

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Pero realmente, en la mayoría de las CCAA es similar la improvisación en cuanto a convocatorias, tribunales, criterios de corrección, orientaciones a la práctica….podría escribir un libro de «Antología del disparate» con los errores que han salido en las distintas convocatorias de las distintas CCAA este año…sería divertido si no fuera porque es muy grave.  Como ejemplo en Castilla y León tenemos algo curioso, te obligan a leer el tema delante del tribunal pero «se garantizará el anonimato del aspirante»….

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Y después, todo lo relacionado con actos de presentarse «personalmente» , presentar «en papel» la didáctica…»al día siguiente hábil posterior  a la publicación»….son medidas totalmente cuestionables desde el 2 de octubre de 2016 , cuando entró en vigor la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común, que  dispone claramente que “La comparecencia de las personas ante las oficinas públicas, ya sea presencialmente o por medios electrónicos, sólo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de ley. (art. 19)” o  el art.14 de la Ley 39/2015, que sienta el derecho a relacionarse con la administración por medios electrónicos, y el art.16.4 establece el derecho de presentación documental en los registros allí indicados, donde con las garantías consiguientes podrán presentarse en formato electrónico, debiendo admitirse tal y como contempla el art.28.

Pero como se copia-pega las mismas convocatorias anteriores..sin tener en cuenta estos «pequeños detalles»…u otros detalles como si las competencias son clave o básicas, o si tienen o no que tener objetivos didácticos las unidades….

 

Menos mal que al final del proceso, pese a la administración se encuentran en los tribunales profesores funcionarios que no les deben su puesto a nadie, y que pese a esta desorganización, son profesionales y llevan a cabo un proceso lo más limpio y justo posible.

Cómo defender tu didáctica en las oposiciones de secundaria

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