Economía de la empresa v.2

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Como sabéis, a medida que vamos utilizando el manual, voy anotanto lo que percibo que os cuesta más o se puede explicar mejor. Además, también subrayo errores tipográficos o de conceptos.

De esta forma, entre todos, vamos mejorando el libro hoja a hoja, día a día, semana a semana. Cuando terminemos en junio, no solo habréis conseguido aprender y aprobar Economía de la empresa, también habréis contribuido a que vuestros compañeros de primero, tengan un manual mucho mejor el próximo curso.

trabajo_equipoUn manual excelente se crea día a día en el aula, cooperando profesor y alumnos

Profesores de toda España,  me están enviando valiosas sugerencias y comentarios, por lo que pienso darle un buen repaso y publicar una versión muy completa para el curso que viene (en mayo del 2010 para usar en septiembre de 2010).

Pero ahora, me ha parecido indispensable introducir un parche para corregir algunos errores relevantes:

Como lo usáis impreso, os comento específicamente las 3 páginas que debéis sustituir:

Página 34    Las Sociedades cooperativas no tienen capital mínimo de constitución a nivel estatal, aunque las distintas comunidades sí lo fijan.

Página 199  Inversiones financieras a l/p se encontraba dividida en dos partes  por error.

En el esquema de esa misma página  he cambiado tangible, por material. Inmovilizaciones materiales y tangibles es lo mismo, pero el término oficial del PGC es material.

Página 202   En el esquema resumen cambio otra vez tangible por material. He añadido Obligaciones y bonos en el pasivo no corriente, y Deudores en el activo corriente. Figuraban por error activos corriente en el pasivo corriente.

Podéis descargar aqui, Economía de la empresa versión 2.0

portada web 2

La verdad es que me encuentro muy satisfecho, tengo los mejores revisores que un editor puede soñar para su obra: vosotros estimados alumnos y un gran número de estupendos compañeros de toda la geografía española.

Tema 2. Corrección error. Capital mínimo cooperativa.

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Las cooperativas están regidas por una gran maraña de normas específicas de cada comunidad autónoma. En el libro, figura que el capital mínimo es de 3.000 euros, lo que es erróneo para un ámbito nacional.

Teoría cooperativas

telaraña

Este error figura en diversas fuentes y libros de texto (como el nuevo manual de EDEBE).

Cuando tenemos dudas sobre algún dato concreto, debemos acudir a la fuente legal:

boe

LEY 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas en el BOE

«CAPÍTULO V
Del régimen económico
SECCIÓN 1.a DE LAS APORTACIONES SOCIALES
Artículo 45. Capital social.
1. El capital social estará constituido por las aportaciones
de los socios.
2. Los Estatutos fijarán el capital social mínimo con
que puede constituirse y funcionar la cooperativa, que
deberá estar totalmente desembolsado desde su constitución.»


En nuestra comunidad, Castilla y León, el capital mínimo es de 2.000 €, como figura en:

Ley 4/2002 de Sociedades Cooperativas de Castilla y León.

«Artículo 4. Capital social mínimo.

El capital social mínimo no será inferior a 2.000 euros, que deberán estar desembolsados en el momento de la constitución, sin perjuicio de lo que para cada clase de cooperativa se determine en esta Ley.»

Realizaré ahora el cambio en el manual de la web, y lo anotaré para la revisión en agosto de todo el manual pdf  (Economía de la Empresa 2010). Perdonad las molestias.

Cometí un error aqui

http://www.compartiendo-conocimiento.com/empresa2/CAPITULOS/cap5/cap5emp2.html

Hay que sustituir la línea

– El capital mínimo para constituirla son 3.000 ….

por

– No existe capital mínimo de constitución.