Una imagen vale más que mil palabras y muestra que queda mucho camino por recorrer….
Fuente: trabajardesdecasasi.com
La principal diferencia que llama más la atención es el tiempo de creación de una firma. En España debemos esperar el plazo de un mes para constituir nuestro negocio; en Reino Unido solo nos llevará tres horas y 71 euros, fácil y rápido. La segunda diferencia es el capital social, en España son 3001 euros, en Inglaterra por tan solo 40 libras puedes empezar a trabajar. La tercera es que no estás obligado a cobrar ni declarar el IVA. Tan solo tienes obligación de declarar si sobrepasas los 68.000 euros anuales de facturación.
Cómo podéis observar las leyes británicas favorecen y protegen al emprendedor, en España es todo lo contrario, es una pesadilla fiscal hasta para desempeñar la actividad más simple. No importa si la firma tiene beneficios o no, se debe pagar religiosamente a final de mes la correspondiente cuota del régimen de autónomos.